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Subvenciones a municipios de hasta 20.000 habitantes para redactar planes

Comunidad de Madrid

What this support is

Social projects

Estratégicos y de planeamiento urbanístico. Atendiendo a la actividad y gasto subvencionable regulados en la normativa sobre subvenciones, los beneficiarios podrán subcontratar la realización de la actividad subvencionada en su totalidad, con sujeción a los límites establecidos en dicho artículo.

Who can apply

Organisations, Individuals

Personas destinatarias • Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid con población igual o inferior a 20.000 habitantes que hayan acordado la redacción de planes estratégicos municipales y de instrumentos de planeamiento urbanístico general, de desarrollo y sus modificaciones. Atendiendo a la actividad y gasto subvencionable regulados en la normativa sobre subvenciones, los beneficiarios podrán subcontratar la realización de la actividad subvencionada en su totalidad, con sujeción a los límites establecidos en dicho artículo. Requisitos • Los municipios deberán tener una población igual o inferior a 20.000 habitantes según los datos actualizados del padrón municipal de habitantes publicados por el INE disponibles a 1 de enero del año de solicitud de la subvención. • El Ayuntamiento beneficiario tendrá que hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid. • No podrán tener la condición de beneficiario aquellos en los que concurra alguna de las circunstancias establecidas.

How much

Cuantía y límites • La cuantía de la ayuda podrá alcanzar, s obre el presupuesto base de referencia o sobre el presupuesto de los trabajos a realizar estimado o contratado por el beneficiario, en el caso de que sea inferior a aquel: • El 95 por 100 del presupuesto de los trabajos a realizar cuando se trate de municipios con población igual o inferior a 2.500 habitantes. • El 90 por 100 del presupuesto de los trabajos a realizar cuando se trate de municipios con población entre 2.501 y 5.000 habitantes. • El 80 por 100 del presupuesto de los trabajos a realizar cuando se trate de municipios con población entre 5.001 y 10.000 habitantes. • El 70 por 100 del presupuesto de los trabajos a realizar cuando se trate de municipios con población entre 10.001 y 15.000 habitantes. • El 60 por 100 del presupuesto cuando se trate de municipios con población entre 15.001 y 20.000 habitantes.

How to apply

Presenta la solicitud Pasos para presentar la solicitud La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid. Sigue estos pasos: • Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud. • Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla. • Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud. Solicitud • Acceder Acciones sobre la solicitud Tramitación El órgano instructor formulará las propuestas de resolución y las elevará al titular de la Consejería competente en materia de urbanismo, quien resolverá la concesión o denegación de la subvención. La orden de concesión reflejará la cuantía de la ayuda concedida, forma de pago, plazo de justificación, y las demás circunstancias exigibles para el cobro de la misma, recursos y cuantas condiciones particulares deban cumplir los beneficiarios. En el caso de subvenciones plurianuales se señalará la distribución por anualidades de la cuantía concedida. La subvención se otorgará a las solicitudes que, cumpliendo los requisitos establecidos, se encuentren dentro de los límites del crédito presupuestario declarado anualmente disponible y determinado en una orden de declaración de créditos que dictará el titular de la Consejería competente en materia de urbanismo y se publicará en el BOCM. El pago de la subvención concedida se realizará previa justificación del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió. En el supuesto de que la actividad subvencionada no estuviese realizada en el momento de concesión, por razones de interés público y como financiación necesaria para poder llevarla a cabo, se abonará el 75 por 100 del importe de la subvención concedida con carácter previo a la justificación en concepto de anticipo a cuenta. La justificación de la subvención concedida deberá efectuarse por los beneficiarios en el plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de término del plazo de realización de la actividad subvencionable o al de la notificación de la orden de concesión, en el supuesto de que la actividad estuviese realizada en el momento de concesión. Guía de tramitación Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud • Ir a la guía de tramitación

Documents

Documentación Documentos que debes aportar junto a la solicitud: • Certificación del secretario/a municipal en la que se deje constancia de los acuerdos del órgano municipal competente aprobando: • La solicitud de subvención y cantidad que se solicita (según art. 7.4.a) 1º). • La formulación del Plan Estratégico Municipal o demás instrumentos objeto de solicitud de subvención. • Documento que acredite la adjudicación de los trabajos de redacción (según art. 7.4.a) 3º). • Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que rigen la redacción de los trabajos, o la memoria justificativa de la necesidad del contrato cuando se trate de contratos menores (según art. 7.4.a) 4º). • La designación de la persona responsable del contrato (según art. 7.4.a) 5º). • Compromiso municipal de efectuar la solicitud de informes sectoriales a través de la tramitación centralizada (según art. 7.4.a) 6º). • Memoria formalizada en documento público administrativo, cuyo contenido mínimo será el siguiente: • Razones y motivaciones de ordenación territorial o urbanísticas (según art. 7.4.b) 1º); • Objeto, ámbito y descripción del interés general (según art. 7.4.b) 2º). Para el supuesto de elaboración de las modificaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico general se indicará si las distintas alteraciones o puntualizaciones de aspectos que se propongan responden a una motivación urbanística común. • Planeamiento vigente en el ámbito del Plan Estratégico Municipal o del instrumento de planeamiento urbanístico (según art. 7.4.b) 3º). En el supuesto de que los trabajos de redacción ya estén contratados, la memoria deberá tener el visto bueno de la persona responsable del contrato. • Documento de formalización del contrato, en su caso. • Declaración responsable del órgano competente relativo a la totalidad de las ayudas solicitadas y, en su caso, concedidas para la financiación de la actividad a subvencionar, o cuando así lo fuese, de su ausencia, incluido en la solicitud. • Declaración responsable del órgano competente de no estar incurso en ninguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluido en la solicitud. • Certificado acreditativo de haber cumplido con la obligación de rendición de cuentas anuales ante la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, en los términos previstos en la Orden de 14 de enero de 2014, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas anuales de las entidades locales de la Comunidad de Madrid beneficiarias de subvenciones. Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos: • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social. Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos: • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.