What this support is
Housing · Social projects
Dirigidas a entidades del Tercer Sector, que destinen las viviendas o cualquier alojamiento o dotación residencial a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.. Objeto
Otorgar subvenciones a .entidades del Tercer Sector, para alojamiento o dotación residencial pública o privada susceptible de ser ocupada .a personas victimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
Who can apply
Self-employed / autónomos, Families, Organisations, Individuals
Destinatarios y requisitos
Asociaciones y organizaciones
De conformidad con lo establecido en el apartado 4.a).2º. del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 24 de febrero de 2022, de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, las entidades que soliciten la subvención deben reunir los siguientes requisitos:
1. Las entidades de Tercer Sector que soliciten estas ayudas deberán estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía y, en su caso, legalmente constituidas e inscritas en su correspondiente registro.
2. Deberán destinar las viviendas o cualquier alojamiento o dotación residencial público o privado a alojar a personas víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, a las personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
3. Ser titular, en calidad de arrendatarias, de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, o tener atribuido este derecho. O bien, ser titular en régimen de propiedad, de cesión de uso o en cualquier régimen de tenencia admitido en derecho, de viviendas o de cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser habitada por las personas indicadas.
4. La renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda, alojamiento o solución habitacional objeto del contrato de arrendamiento o cesión deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales. En esta renta o precio no se incluye el importe que pudiera corresponder a anejos tales como plazas de garaje, trasteros o similares. .
En supuestos debidamente justificados en base a estudios actualizados de oferta de vivienda en alquiler en contraste con la urgencia de la solución habitacional requerida, la renta arrendaticia o precio de cesión podrá alcanzar hasta 900 euros al mes.
5. No se podrá incluir en la subvención solicitada por la entidad, en caso de que se dé esa circunstancia, el importe correspondiente al pago de la renta o precio de cesión establecido sufragado por las personas que residan en la vivienda, alojamiento o dotación residencial.
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How to apply
Plazo de solicitud
Las solicitudes podrán presentarse desde el 30 de abril de 2026 , día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 81 de 29 de abril de 2026) del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, hasta que se produzca el agotamiento del crédito asignado a esta convocatoria.
Plazo abierto
Cómo solicitar
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/acceso Directo?cod Procedimiento=CFATV_24740_26
Documents
Documentación
A presentar con el Anexo II, conforme a lo establecido en .el punto .14 del cuadro resumen de la Orden de 24 de febrero de 2022. .
Full application details are on the official source. Use the link to confirm eligibility, amounts and how to apply.