What this support is
Living costs · Social projects · Children
Objeto
Prestación económica orientada a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social, denominada Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, que deberá incorporar un itinerario a través de un Plan de inclusión sociolaboral, en los términos establecidos en los artículos 42.1 y 42.2.g) de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.
• Es una prestación garantizada para todas aquellas personas que cumplan los requisitos específicamente regulados para el acceso a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía y en las condiciones que se determinan en este Decreto-ley.
• Tiene carácter complementario con cualquiera de los recursos de los que disponga la unidad familiar, así como con las prestaciones económicas y de servicios a los que pudiera tener derecho, .a excepción del Ingreso Mínimo Vital y de la Ayuda para la infancia, que se consideran prestaciones incompatibles de manera específica.
• Tiene carácter subsidiario con respecto a cualquier prestación de carácter contributivo o no contributivo, así como a cualquier sistema público o privado de protección social, que pudieran ser concedidas a la persona titular.
• Es intransferible, no pudiendo ser objeto de cesión, embargo o retención, excepto en los supuestos y límites establecidos en la legislación estatal.
Who can apply
Self-employed / autónomos, Families, Organisations, Individuals
Destinatarios y requisitos
Ciudadanía
Podrán solicitar la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía las unidades familiares, conforme lo establecido en el artículo 3, que cumplan los siguientes requisitos:
• Ostentar la o las personas integrantes de la unidad familiar vecindad administrativa en Andalucía.
• Estar la o las personas integrantes de la unidad familiar empadronadas, de forma estable, como residentes en un mismo domicilio, ubicado en un municipio de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud, salvo en los casos de fallecimiento, matrimonio, pareja de hecho debidamente inscrita, nacimiento de hija o hijo, tutela, acogimiento familiar o adopción y ruptura familiar suficientemente acreditada. No obstante, se permitirá la interrupción temporal de la residencia continuada, cuando razones laborales o de salud de todas o algunas de las personas integrantes de la unidad familiar, debidamente acreditadas, hubiesen exigido desplazamientos temporales por periodos no superiores a seis meses fuera de la localidad dentro del período referido, siempre que conste el empadronamiento de todas ellas en Andalucía al menos un año antes de la fecha de presentación de solicitud. .No obstante, podrán ser solicitantes y beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, sin la exigencia del periodo de un año de empadronamiento de forma estable previo a la fecha de presentación de la solicitud, las personas empadronadas en Andalucía que junto con el resto de requisitos establecidos, acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias:
1.ª. Ser víctima de violencia de género, debidamente acreditada, en el momento de la solicitud.
2.ª. Ser víctima de trata de personas con fines de explotación sexual o laboral, debidamente acreditada, enel momento de la solicitud.
3.ª. Tener la condición de persona emigrante andaluza retornada en el año inmediatamente anterior a la
presentación de la solicitud.
4.ª. Tener la condición de persona apátrida o refugiada reconocida por el Organismo competente de la Administración General del Estado o, en su caso, estar en trámite para el reconocimiento de dicho Estatuto o cualesquiera otro de Protección internacional.
5.ª. Personas sin hogar.
6.ª. Personas que en el año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud hayan estado tuteladas por la Administración de la Junta de Andalucía.
7.ª. Otras personas que residan temporalmente en alojamientos alternativos.
8.ª. Por fuerza mayor, debidamente acreditadas por los servicios sociales comunitarios mediante informe
social.
• La persona solicitante deberá estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo no ocupada. Con carácter excepcional, en los supuestos de personas víctimas de violencia de género o unidades familiares compuestas por una sola persona progenitora con menores de edad a su cargo, se eximirá a la persona solicitante de estar en situación de desempleo. no obstante, deberá estar inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo. Asimismo, las personas que formen parte de la unidad familiar, distintas a la persona solicitante, que sean mayores de 16 años y se encuentren en situación de búsqueda activa de empleo, deberán estar inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo. Este requisito no será exigible para aquellos miembros de la unidad familiar que estén cursando una formación reglada, sean personas cuidadoras de personas dependientes perceptoras de la prestación para cuidados en el entorno familiar, prevista en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, perciban una pensión por invalidez absoluta, pensión de jubilación, sean personas trabajadoras sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen Especial de Trabajadores Agrarios por cuenta propia, así como en aquellas circunstancias personales o sociales acreditadas mediante informe social de los servicios sociales comunitarios que determine la imposibilidad temporal o permanente de la inscripción en el Servicio Andaluz de Empleo.
• Tener resolución expresa denegatoria del Ingreso Mínimo .Vital dictada en el mismo ejercicio, salvo excepciones contempladas o estar en situación de urgencia o emergencia social.
• Disponer la unidad familiar de unos recursos mensuales inferiores a la cuantía que les correspondiera de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, calculada conforme establece el artículo 11, a cuyos efectos se tomará como referencia el importe anual de las pensiones no contributivas .vigente en la fecha de presentación de la solicitud.
• No disponer cualquier persona miembro de la unidad familiar, o como sumatorio del conjunto de personas que conforman la unidad familiar de dinero efectivo, o bajo cualquier título, valor, derecho de crédito o depósito bancario de un importe superior al importe anual de las pensiones no contributivas .vigente en la fecha de presentación de la solicitud.
• Que haya transcurrido el plazo establecido en los supuestos de extinción del derecho.
• Suscribir la persona solicitante de la unidad familiar, y en su caso las personas mayores de 16 años integrantes de la unidad familiar, el Compromiso de participación y cumplimiento del Plan de inclusión sociolaboral incluido en la solicitud. Podrá no incluirse la suscripción de alguna o algunas personas mayores de 16 años integrantes de la unidad familiar en el mismo, debiendo estar debidamente acreditada la causa mediante informe social de los servicios sociales comunitarios.
• La persona solicitante deberá estar dada de alta en el censo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de acuerdo con la normativa tributaria estatal.
Los requisitos que se recogen en el presente artículo deberán cumplirse en el momento de presentación de la solicitud, durante todo el procedimiento de tramitación y mantenerse mientras se esté percibiendo la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a excepción del requisito ".inscripción en el SAE como demandantes de empleo". que solo será exigible en el momento de presentar la solicitud.
Asimismo, será exigible la inscripción como demandante de empleo de las personas titulares y beneficiarias mayores de 16 años integrantes de la unidad familiar, en el momento de solicitar la ampliación regulada en el artículo 16 del presente Decreto-ley.
How to apply
Plazo de solicitud
Plazo abierto
Cómo solicitar
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/acceso Directo?cod Procedimiento=CIPS_RMISA
Documents
Documentación
Documentación que debe acompañar a toda solicitud :
a) Certificado de que todas las personas integrantes de la unidad familiar se hallan empadronadas como convivientes en un mismo domicilio, ubicado en cualquier municipio de Andalucía, al menos con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Documento bancario de la persona solicitante como titular de la cuenta bancaria donde conste el código IBAN y la entidad bancaria elegida para, en su caso, la liquidación del pago de la prestación. Dicha cuenta deberá ser coincidente con la existente en el Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
Documentación que debe acompañar a la solicitud según la situación :
c) En el supuesto de personas extranjeras, deberán presentar la Tarjeta de Residencia, tanto las personas solicitantes como, en su caso, el resto de la unidad familiar.
d) En el supuesto que en el mismo domicilio residan varias unidades familiares, deberán presentar certificado de empadronamiento colectivo de todas las personas que conviven en el domicilio.
e) Para acreditar, en su caso, la interrupción del requisito de residencia continuada al que se refiere el artículo 7.1.b), deberá aportarse fotocopia del contrato laboral en el que conste el lugar de desempeño de la actividad distinto al municipio de residencia de la unidad familiar, y el periodo de vigencia del mismo, si la interrupción referida es debida a razones laborales. si fuera debida a razones de salud, certificado expedido por el centro sanitario o centro especializado de adicciones acreditativo de la necesidad del desplazamiento.
f) Fotocopia del Libro/s de Familia que acredite/n los vínculos correspondientes de las personas integrantes de la unidad de familiar declarada. Este documento podrá ser sustituido por Certificados del Registro Civil que constaten tales vínculos.
g) Declaración jurada, según Anexo VII, de constituir una relación análoga al matrimonio o pareja de hecho. En el supuesto de convivencia de ambas partes de la pareja en el mismo domicilio y tener hija/o o hijas/os en común, dicha declaración será obligatoria, salvo que por causas debidamente acreditadas y mediante informe social de los servicios sociales comunitarios dicha declaración no sea procedente.
h) En los casos que proceda, copia de la sentencia de separación o divorcio y/o convenio regulador ratificado por el juez o la jueza donde conste el importe de la pensión compensatoria, así como, en su caso, copia de la resolución dictada en el Proceso de Mediación Familiar. En los supuestos de sentencia de separación o divorcio donde existan menores a cargo, se solicitará dicha documentación a fin de identificar la persona o personas que ostentan la guarda y custodia de las personas menores.
i) En el supuesto de que alguna o algunas personas miembros de la unidad familiar estén trabajando por cuenta ajena, deberán aportar copia del contrato de trabajo y copia de la nómina percibida en el mes anterior a la solicitud.
j) Las personas sujetas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen . Especial de Trabajadores Agrarios por cuenta propia, deberán presentar documento acreditativo del pago de la última cuota de cotización a la Seguridad Social previa a la fecha de presentación de la solicitud, así mismo deberá aportar, en su caso, certificado de retenciones a cuenta del Impuesto de IRPF.
k) En los supuestos que por circunstancias personales o sociales alguna o algunas personas miembros de la unidad familiar no pueda estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, deberá ser acreditado mediante informe social de los servicios sociales comunitarios en el que se que determine la causa de la imposibilidad temporal o permanente de la inscripción en el Servicio Andaluz de Empleo.
l) En los casos de personas víctimas de violencia de género, la acreditación se realizará, según lo establecido para cada caso, a través de los siguientes medios establecidos en el artículo 30.1 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género: Resoluciones judiciales por violencia de género: documento acreditativo de la orden de protección, medidas cautelares, o sentencia condenatoria por violencia de género, cuando las medidas que establezca se hallen vigentes. Informe del Ministerio fiscal cuyo contenido se desprenda que existen indicios de que la demandante es víctima de la violencia de género. Certificado acreditativo de atención especializada, por un organismo público competente en materia de violencia de género. O bien informe acreditativo por parte de los servicios sociales comunitarios o en su defecto servicios públicos especializados de atención a la mujer.
m) Las personas emigrantes retornadas deberán aportar el certificado expedido por la Subdelegación de Gobierno correspondiente a su domicilio que acredite dicha circunstancia.
n) Las personas víctimas de trata de explotación sexual o laboral, extranjeras refugiadas o apátridas, las que hayan solicitado asilo o las que tengan autorizada su estancia por razones humanitarias, deberán aportar certificado expedido por la Subdelegación del Gobierno o acreditar la solicitud de dicho status.
o) Las personas de entre 18 y 24 años, sin menores a cargo, deberán acreditar tener un domicilio distinto del de la familia de origen durante al menos dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, así como el mantenimiento de esta situación. Deberán acreditar documentalmente su emancipación y la independencia económica durante dicho tiempo.
p) Las personas que tengan entre 18 y 24 años y sean huérfanas de padre y madre deberán presentar documentación acreditativa de la situación de orfandad.
q) En los supuestos que la persona haya sido tutelada por una Administración distinta a la Junta de Andalucía, deberá presentar certificado acreditativo del órgano competente de la tutela, debiendo indicar el periodo en el que la persona ha estado tutelada por dicha Administración.
r) En el supuesto de unidades familiares que residan en establecimientos colectivos del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía donde tengan cubiertas las necesidades de subsistencia, así como, en centros penitenciarios, deberán presentar informe social acreditativo de que la aplicación de la prestación favorece su incorporación a la vida independiente o que para acceder a la reunificación familiar o al régimen abierto es preceptiva la condición de ser beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción en Andalucía.
s) Cualquier otra documentación que se considere necesaria para la resolución del procedimiento.
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Full application details are on the official source. Use the link to confirm eligibility, amounts and how to apply.