Qué es este apoyo
Proyectos sociales
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas motivadamente, en cuyo caso deberás aportarlos:
Quién puede solicitar
Autónomos, Empresas, Organizaciones, Personas
Personas destinatarias
• Personas físicas, mayores de edad, empadronadas en municipios de la Comunidad de Madrid.
• Profesionales autónomos y pymes.
Requisitos
• Los vehículos adquiridos o achatarrados deben cumplir las normas reguladoras respectivas.
• En caso de personas físicas:
• Solo podrán solicitar una ayuda para la adquisición de un vehículo (ciclos de dos o tres ruedas, bicicletas de mano asistidas, ciclomotor o vehículos eléctricos de células de combustible) a lo largo de la duración de la vigencia del Acuerdo (además de una ayuda por achatarramiento de vehículos M1).
• Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
• Cumplir los requisitos especificados en la normativa de subvenciones.
• En caso de profesionales autónomos y pymes:
• Podrán solicitar hasta 5 ayudas por la adquisición de ciclos de tres ruedas, ciclomotores o vehículos de hidrógeno durante la vigencia del acuerdo.
• En caso de solicitar ayudas por achatarramiento de vehículos, deberán desarrollar su actividad económica en zonas de bajas emisiones de municipios de la Comunidad de Madrid en el momento del achatarramiento del vehículo.
• Estar dados de alta en el impuesto de actividades económicas en el territorio de la Comunidad de Madrid.
• Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado y frente a la Seguridad Social y no tener deudas en periodo ejecutivo con la Comunidad de Madrid.
• Cumplir los requisitos especificados en la normativa de subvenciones.
• No haber obtenido otra ayuda otorgada por Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales para la misma finalidad. En el caso de las PYMES, el total de ayudas de minimis que reciba el beneficiario no podrá superar los 200.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
• Las ayudas serán compatibles con cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos de cualesquiera administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, para las mismas inversiones en tanto que, de forma acumulada, no superen los costes subvencionables, ni se superen los límites establecidos.
Cuánto
Cuantía:
La cuantía de las ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos es la siguiente:
• Bicicletas de dos ruedas con sistemas de asistencia al pedaleo y una potencia inferior o igual a 250 W: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos), con un máximo de 600 euros.
• Ciclos de tres ruedas con pedaleo asistido y una potencia inferior o igual a 250 W: hasta el 30 % del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 1 500 euros
• Bicicletas de mano asistidas y una potencia inferior o igual a 250 W: hasta el 50 % del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 1 000 euros
• Ciclomotores de dos ruedas tipo L1e-B: hasta el 50% del precio (sin accesorios ni impuestos), con un máximo de 700 euros.
• Vehículos eléctricos de células de combustible (vehículos de hidrógeno): hasta el 20 % del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 20 000 euros
La cuantía de las ayudas por la baja definitiva y el achatarramiento de vehículos de categoría M1 matriculados en España, sin distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico, consistirán en una de las cuatro siguientes opciones, excluyentes entre sí, que será elegida por el beneficiario en su solicitud de ayuda:
• Ayuda de 2000 euros, en el caso de que se adquiera además un vehículo de categoría M1 con distintivo ambiental etiqueta ECO o 0. La fecha de primera matriculación del vehículo adquirido no será anterior a tres meses de la fecha de achatarramiento del otro vehículo.
• Ayuda de 1000 euros.
• Abono transporte de la zona tarifaria C2 durante un periodo de tres años, cuyo titular será el beneficiario.
• Bono ambiental de movilidad cero emisiones: 1.250 euros, convertibles en kilómetros, minutos u otros costes derivados del servicio, a consumir en un periodo no superior a 24 meses, en las empresas de carsharing y motosharing que se adhieran al programa de incentivos reglado a través del Convenio de colaboración firmado entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad de la Comunidad de Madrid, la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico (AEDIVE) y las empresas de movilidad compartida especificadas en el mismo.
Cómo solicitar
Presenta la solicitud
Pasos para presentar la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
• Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
• Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
• Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en " Mis Gestiones".
• Adjunta los documentos y pulsa " Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
• Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
• Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
• Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
• Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Solicitud
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Acceder
Para hacerlo de forma presencial: Acceder al formulario
Documentos anexos a la solicitud
Autorización para la representación (907.42 KB)
Declaración responsable de las ayudas de Minimis (1.05 MB)
Acciones sobre la solicitud
Tramitación
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concesión directa. Se realizará por orden riguroso de presentación de las solicitudes en cada uno de los conceptos subvencionables, en función de la fecha y hora de presentación en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid y en el resto de los registros.
En el caso de que la solicitud deba ser subsanada, se dará un plazo de 10 días hábiles (lunes a viernes no festivos) para contestar. La fecha de recepción de la documentación requerida será la que determine el orden de prelación de la solicitud, siempre y cuando sea conforme y no haya que subsanar nuevamente.
Recibirán subvención todas las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos en estas normas, siempre que exista crédito disponible, adecuado y suficiente.
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud
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