Qué es este apoyo
Infancia
Destinadas a los hijos menores de edad de mujeres asesinadas por violencia de género de la Comunidad de Madrid. Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Quién puede solicitar
Organizaciones, Personas
Personas destinatarias
• Hijos huérfanos por violencia de género, mayores de 16 años, emancipados.
• En caso de que le hijo sea menor de edad, la persona que presta medidas de apoyo, el guardador de hecho, tutor, curador, defensor judicial, o el representante.
Requisitos de los beneficiarios (hijos huérfanos)
• Que, en el momento del fallecimiento de la madre, el hijo fuera menor de 18 años.
• Que la madre fallecida, en el momento del fallecimiento, estuviera empadronada en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid.
• Que el fallecimiento de la madre se haya producido a partir del 1 de enero de 2020, inclusive.
• Que el hijo figure empadronado en alguno de los municipios de la Comunidad de Madrid, en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.
• No podrán resultar beneficiarios de estas ayudas los hijos que resulten condenados por sentencia firme por la comisión de un delito doloso de homicidio de la madre, en cualquiera de sus formas.
• Tampoco podrán solicitar ni administrar estas ayudas en nombre del menor, las personas que sean condenadas por sentencia firme por la comisión de un delito doloso de homicidio de la madre, en cualquiera de sus formas.
• No podrán tener la condición de personas beneficiarias de estas ayudas, los hijos menores tutelados por la Comunidad de Madrid.
Requisitos de la documentación
• Cumplimentar y firmar la solicitud por el menor emancipado o por la persona que presta medidas de apoyo, el guardador de hecho, tutor, curador, defensor judicial, o el representante.
• Aportar traducción jurada o traducción oficial al castellano cuando la documentación esté redactada en idioma distinto del castellano.
Cuánto
Determinación de la cuantía
• La cuantía a abonar a cada beneficiario consistirá en un solo pago por importe de dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual, a razón de catorce pagas, que esté vigente en el año en que se dicte la resolución de concesión de la ayuda.
Cómo solicitar
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
• Cuando proceda, documentación acreditativa de la emancipación del solicitante, hijo huérfano, menor de edad.
• Certificación registral individual expedida por el Registro Civil del hijo que ha quedado huérfano o, en su caso, Libro de Familia en el que figuren la madre y el hijo.
• Certificado del registro civil acreditativo de la constitución en escritura pública de la guarda de hecho.
• Certificado del registro civil acreditativo del nombramiento de la persona que ejerza el cargo de tutor, curador o defensor judicial.
• Cuando proceda, documentación acreditativa de la representación.
Presenta la solicitud
Pasos para presentar la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
• Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
• Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
• Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en " Mis Gestiones".
• Adjunta los documentos y pulsa " Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
• Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
• Pulsa "Acceder al formulario" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
• Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
• Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Solicitud
•
Acceder
Para hacerlo de forma presencial: Acceder al formulario
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud
•
Ir a la guía de tramitación
Documentos
Requisitos de la documentación
• Cumplimentar y firmar la solicitud por el menor emancipado o por la persona que presta medidas de apoyo, el guardador de hecho, tutor, curador, defensor judicial, o el representante.
• Aportar traducción jurada o traducción oficial al castellano cuando la documentación esté redactada en idioma distinto del castellano.
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
• Cuando proceda, documentación acreditativa de la emancipación del solicitante, hijo huérfano, menor de edad.
• Certificación registral individual expedida por el Registro Civil del hijo que ha quedado huérfano o, en su caso, Libro de Familia en el que figuren la madre y el hijo.
• Certificado del registro civil acreditativo de la constitución en escritura pública de la guarda de hecho.
• Certificado del registro civil acreditativo del nombramiento de la persona que ejerza el cargo de tutor, curador o defensor judicial.
• Cuando proceda, documentación acreditativa de la representación.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
• Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) del hijo huérfano.
• Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE), si la solicitud se presenta por persona distinta del beneficiario.
• Certificado de empadronamiento del hijo que queda huérfano.
• Certificado de empadronamiento, si la solicitud se presenta por la persona que ejerce como guardador de hecho.
• Certificado de defunción de la madre, previa cumplimentación del apartado denominado "Datos de la mujer fallecida" de la presente solicitud.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.