Qué es este apoyo
Proyectos sociales
Personal público que presta servicio en el ámbito de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid:
Quién puede solicitar
Organizaciones, Personas
Personas destinatarias
Personal público que presta servicio en el ámbito de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid:
• Personal incluido en el Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid vigente, es decir:
• Personal funcionario de carrera.
• Personal funcionario interino, si la duración prevista del nombramiento es superior a 3 meses.
• Personal funcionario en prácticas.
• Personal incluido en el Convenio Colectivo Único para personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid vigente, es decir:
• Personal laboral fijo.
• Personal laboral temporal, si la duración prevista del contrato es superior a 3 meses.
• Personal eventual, si la duración prevista del nombramiento es superior a 3 meses.
• Altos cargos.
Requisitos
• No tener pendiente de devolución un anticipo o préstamo anterior concedido por la Comunidad de Madrid.
• Justificar la necesidad del préstamo o anticipo para hacer frente a gastos económicos inesperados o extraordinarios.
Cómo solicitar
Presenta la solicitud
Pasos para presentar la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
• Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
• Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
• Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud de anticipos y préstamos al personal
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Acceder
Acciones sobre la solicitud
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, se entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez completada la solicitud, la consejería, organismo autónomo o ente al que está adscrito el personal público emitirá la resolución de concesión o denegación del préstamo o anticipo.
El abono del préstamo o anticipo se realizará en la nómina del mes siguiente a la fecha de concesión.
Dicho anticipo se descontará de la nómina, de la siguiente forma:
• En la nómina del mes siguiente a su cobro, si la solicitud de anticipo era de una mensualidad.
• En las nóminas de junio y diciembre si la solicitud de anticipo era sobre las pagas extraordinarias.
El importe del préstamo se descontará de las nóminas en el número de mensualidades elegido por la persona solicitante.
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud
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Ir a la guía de tramitación
Documentos
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
• Para la concesión del préstamo, factura o presupuesto detallado.
• Otra documentación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
• NIF o NIE del solicitante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.