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Abierto ahoraEspaña · Subvenciones

Programa de ayudas económicas familiares

D. G. de Infancia, Adolescencia y Juventud

Qué es este apoyo

Infancia · Proyectos sociales

Objeto Las ayudas económicas familiares constituyen prestaciones complementarias de carácter&nbsp.temporal, dinerarias o en especie, que se conceden a las familias para la atención de&nbsp.necesidades básicas de las personas menores de edad a su cargo, cuando carecen&nbsp.de recursos económicos suficientes para ello, y dirigidas a la prevención, reducción&nbsp.o supresión de factores de riesgo y al mantenimiento e incremento de los factores de&nbsp.protección, con el fin de favorecer su permanencia e integración en el entorno familiar y&nbsp.social, desde un enfoque preventivo y capacitador. Las ayudas económicas familiares, integradas en el sistema de financiación de los&nbsp.Servicios Sociales Comunitarios de las entidades locales, constituyen prestaciones del&nbsp.Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía, no encontrándose las transferencias&nbsp.para la financiación del programa sometidas a las disposiciones aplicables a las&nbsp.subvenciones públicas. El acceso a las ayudas económicas familiares se realizará a través de los servicios&nbsp.sociales de la entidad local, siendo las familias destinatarias de estas ayudas&nbsp.propuestas por los servicios&nbsp.sociales en el marco de la intervención técnica que realicen. Los créditos presupuestarios para la financiación del programa serán&nbsp.transferidos por la Consejería competente en materia de infancia y adolescencia y&nbsp.distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de&nbsp.municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes. Mediante Orden se procederá a determinar&nbsp.anualmente las cuantías a transferir a las entidades locales referidas y en el supuesto de que exista disponibilidad presupuestaria complementaria para la&nbsp.financiación del programa, procedente de la Administración General del Estado o de&nbsp.cualesquiera otras fuentes de financiación, mediante orden de la Consejería competente&nbsp.en materia de infancia y adolescencia se procederá a determinar las cuantías a transferir&nbsp.a las entidades locales que desarrollen el programa. &nbsp.

Quién puede solicitar

Organizaciones

Destinatarios y requisitos Otras administraciones

Cómo solicitar

Plazo de solicitud Plazo abierto

Documentos

Documentación Para proceder en cada ejercicio al abono de las transferencias correspondientes,&nbsp.las entidades locales, respecto del ejercicio anterior, deberán presentar al órgano directivo&nbsp.central con competencias en materia de infancia y adolescencia de la Administración de&nbsp.la Junta de Andalucía, dentro del primer trimestre de cada ejercicio&nbsp.o del plazo&nbsp.fijado en la resolución de ampliación del plazo de ejecución: - La ficha de evaluación del ejercicio anterior, que reflejará información sobre la&nbsp.aportación económica de la Junta de Andalucía, la de la entidad local, en su caso, así&nbsp.como información sobre la modalidad de intervención, familias y personas menores de&nbsp.edad beneficiarias del programa, tipología de las ayudas concedidas o cualquier otra que&nbsp.se considere procedente para conocer la gestión del programa. - Certificación emitida por la Intervención de la respectiva entidad local de que los&nbsp.fondos recibidos en concepto de financiación de las ayudas económicas familiares para el&nbsp.mencionado ejercicio, y los aportados por la entidad local en su caso, han sido destinados a&nbsp.la finalidad prevista, considerándose la relación de obligaciones reconocidas en el periodo&nbsp.de ejecución establecido, sin perjuicio de que la materialización de los pagos a las personas&nbsp.beneficiarias se realice con posterioridad a la fecha de finalización de dicho plazo.

Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.