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Qué es este apoyo
Costes de vida · Empleo
Objeto
La presentes .ayudas estan .dirigidas a indemnizar a las personas titulares de explotaciones de almendro afectadas por las heladas acontecidas en diversas provincias de Andalucía durante los últimos días del mes de marzo y primeros de abril de 2026, por las pérdidas económicas ocasionadas por la destrucción total o parcial de su producción agrícola, posibilitando de esta forma la continuidad de su actividad económica, mantenimiento del empleo agrario y revitalizando la economía local, evitando el despoblamiento rural y garantizando el abastecimiento de los mercados.
Quién puede solicitar
Empresas, Organizaciones, Personas
Destinatarios y requisitos
Ciudadanía
Empresas
Asociaciones y organizaciones
Podrán obtener la condición de personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones las personas titulares de explotaciones de almendro, ya sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de unidad económica o de patrimonio separado sin personalidad jurídica ubicadas total o parcialmente en las provincias de Almería, Granada, Jaén y Málaga, en las cuales se acrediten pérdidas de producción significativas, como consecuencia de las heladas acontecidas durante los últimos días del mes de marzo y primeros de abril de 2026, en alguno de los recintos SIGPAC que componen la explotación, ubicados en las citadas provincias, y para los que la persona o la entidad beneficiaria haya solicitado intervenciones en forma de pagos directos a través de la solicitud única del año 2026, en base al Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
Cómo solicitar
Plazo de solicitud
Plazo presentación solicitudes.
Plazo cerrado
Cómo solicitar
https://ws219.juntadeandalucia.es/vea-web/acceso Directo/VEA/T2603700
Documentos
Documentación
1. La persona o entidad solicitante que quieran acogerse a las ayudas previstas en esta Orden deberán presentar una única solicitud, de ayuda y pago, conforme al modelo establecido en el Anexo I de la convocatoria, dirigida a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, cumplimentando en una única solicitud:
• Los datos identificativos de la persona o entidad interesada y, en su caso, de quien la represente, y los datos identificativos si se actúa a través de Entidad Habilitada.
• El correo electrónico a efectos de practicar las notificaciones electrónicas obligatorias que procedan.
• Una declaración responsable de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en el artículo 3.2 de esta orden.
• Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados y, en su caso, concedidos para la misma finalidad, incluidos los pagos en virtud de pólizas de seguro, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha e importe de la misma.
• Una declaración responsable que cumple con los plazos de pago previstos en el artículo 4 de la Ley 3/2004, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones. Además en los supuestos de las personas jurídicas que, de acuerdo con la normativa contable no pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, deberán aportar la documentación acreditativa indicada en el citado artículo.
• En su caso, la oposición expresa de la persona o entidad solicitante a que el órgano competente pueda recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o documentación exigida en la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquellas.
• La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la solicitud.
• La información necesaria para aplicar los criterios de valoración, en su caso.
2. Junto con la solicitud se deberá presentar un informe técnico de daños, suscrito por persona técnica independiente con título oficial universitario en el área de agronomía, colegiada, que deberá incluir el contenido mínimo que se recoge en el Anexo II de estas bases reguladoras. No obstante lo anterior, en el caso de que la persona o entidad solicitante haya suscrito una póliza dentro de los Módulos 1 y 2 del Plan 2025 de Seguros Agrarios Combinados para el cultivo del almendro, la misma podrá optar por aportar los documentos de Tasación Definitiva suscrito por el técnico de la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados S.A. (Agroseguro) como prueba y valoración de que el daño sufrido es igual o superior al 30% en el conjunto de las parcelas objeto de peritación.
Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.