Qué es este apoyo
Educación · Proyectos sociales
Cultura y Deporte, Área de Turismo. Ejercicio presupuestario 2024.. Objeto
Concesión de subvenciones con asignación nominativa en Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2024 competencia de Turismo, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, cuyo procedimiento se inicia de oficio.
Universidad de Almería Investigación y estudios en materia turística
Universidad de Cádiz Investigación y estudios en materia turística
Universidad de Córdoba Investigación y estudios en materia turística
Universidad de Granada Investigación y estudios en materia turística
Universidad de Huelva Investigación y estudios en materia turística
Universidad de Jaén Investigación y estudios en materia turística
Universidad de Málaga Investigación y estudios en materia turística
Universidad de Sevilla Investigación y estudios en materia turística
ADEAC. Gastos campaña banderas azules playas.
A la CEA para actuaciones en materia de Turismo
A UGT para actuaciones en materia de Turismo
A CCOO para actuaciones en materia de Turismo
Fundación Francisco Ayala. Gastos funcionamiento y actividades
Fundación Museo Picasso Ma leg. Paul Christine y BRP Funcion. y desarrollo
Festival Intern. Música y Danza de Granada
Consorcio Centro Federico Garcia Lorca
Consorcio Granada para la Música
A la Red de Ciudades AVE. Promoción turística A la Red cooperación Ciudades Ruta de la Plata. Promoción turística
Quién puede solicitar
Autónomos, Empresas, Organizaciones, Personas
Destinatarios y requisitos
Ciudadanía
Empresas
Asociaciones y organizaciones
Otras administraciones
Requisitos para obtener la condición de beneficiarios
Que la entidad, asociación, federación o fundación, así como .el importe de la subvención concedida y la partida presupuestaria correspondiente figure recogida en .la .Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.
• Conforme se establece en el artículo 8.2 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, no se podrá obtener la condición de beneficiario si se incurre en alguna de las circunstancias establecidas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 116 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
• Asimismo, tal y como se indica en el artículo 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.
Cómo solicitar
Plazo de solicitud
Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite
Plazo abierto
Cómo solicitar
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimiento Detalle.xhtml
Documentos
Documentación
Solicitud. Anexo I
• Presupuesto de la actividad con detalle de ingresos y gastos y desglose de partidas o conceptos para la cual se solicita la subvención. Anexo II
• Memoria descriptiva de la actividad. Anexo III
• Copia autenticada del CIF de la entidad solicitante.
• Copia autenticada del NIF del representante legal de la entidad.
• Copia autenticada de la escritura de Constitución de la entidad, estatutos y sus modificaciones, debidamente inscritos en el registro público correspondiente o acreditación de estar legalmente constituida.
• Certificado acreditativo de la representación que ostenta la persona que firma la solicitud, y en su caso, poderes notariales del representante.
• Certificado acreditativo del acuerdo del órgano competente de la entidad solicitando la subvención nominativa.
• Certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
• Certificado expedido por Agencia Tributaria de Andalucía, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica.
• Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de estar al corriente de sus obligaciones para con la Seguridad Social.
• Certificado de la entidad bancaria sobre la titularidad de la cuenta bancaria.
• En su caso, documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro correspondiente, así como declaración responsable de que no han existido modificaciones estatutarias no comunicadas a dicho Registro. .
• En su caso, Plan de actuación y presupuesto aprobado por la entidad para el año 2023, de acuerdo con el artículo correspondiente de sus estatutos.
• En su caso, documento acreditativo de que las últimas cuentas que hayan sido . aprobadas por la entidad, se han presentado en el órgano correspondiente de .la Aministración Pública dentro del plazo referido para ello.
Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.