Qué es este apoyo
Empleo
Objeto
Se establece la convocatoria de las ayudas al control lechero oficial en Andalucía, al amparo de lo previsto en el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control de rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria, con objeto de dar apoyo económico al control lechero y con ello facilitar la implantación de este control lechero en Andalucía como instrumento adecuado para la valoración genética de reproductores de las especies bovina, ovina y caprina.
Quién puede solicitar
Organizaciones, Personas
Destinatarios y requisitos
Asociaciones y organizaciones
1. Las explotaciones ganaderas deberán estar ubicadas en Andalucía e inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas, previsto en el Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, así como participar en el control del rendimiento lechero según las especificaciones establecidas en el Real Decreto 663/2023, de 18 de julio. Asimismo, deberán participar en los programas nacionales de erradicación de enfermedades y disponer de instalaciones adecuadas para realizar el ordeño mecánico.
2. De forma complementaria, los titulares de las explotaciones ganaderas que participen en el control de rendimiento lechero deberán cumplir los requisitos y obligaciones establecidas en el artículo 11 del Real Decreto 663/2023, de 18 de julio.
Cómo solicitar
Plazo de solicitud
10 días naturales a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Plazo abierto
Cómo solicitar
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/Solicitar Ticket?v=PEIT&id=11004
Documentos
Documentación
La solicitud de la ayuda se realizará mediante modelo normalizado que figura en el Anexo I, y se presentará por los medios electrónicos establecidos al efecto, según lo previsto en el articulo 14.2 de la ley 39/2015, de 10 de octubre. La citada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
• Poder de representación del representante legal de la entidad de control lechero.
• Certificado de la persona representante legal de la entidad de control lechero en el que se detalle la relación de asociaciones de criadores de raza pura cuyo control oficial de rendimiento lechero es objeto de la solicitud de ayuda.
• Acta del órgano de gobierno o certificado del secretario o secretaria de cada asociación de criadores de raza pura donde conste el acuerdo de ser objeto de esta ayuda.
Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.