Qué es este apoyo
Proyectos sociales
Tribunales de Andalucía, con objeto de financiar la designación de procurador o procuradora que represente de forma gratuita a la víctima de violencia de género en las fases del proceso penal en que la intervención de dicho profesional no sea legalmente preceptiva. Objeto
Subvención directa de carácter excepcional a los colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía, para la financiación de las medidas necesarias que deban adoptar los colegios de procuradores de los tribunales de Andalucía para la designación de procurador o procuradora que represente de forma gratuita a la víctima de violencia de género en la fase del proceso penal en que la intervención de dicho profesional no sea preceptiva, con objeto de garantizarles la representación procesal por medio de profesional de la procura en todas las fases del proceso penal. .
Quién puede solicitar
Organizaciones
Destinatarios y requisitos
Asociaciones y organizaciones
El artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 116 del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, establecen los requisitos que deben cumplir los solicitantes de la subvención para ser persona o entidad beneficiaria de una subvención.
Cómo solicitar
Plazo de solicitud
Plazo abierto
Cómo solicitar
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/acceso Directo?cod Procedimiento=PEG_VEA&otros Parametros=ey Jp ZFByb2 Nl ZGlta WVud G8i Oj Y0 MDR9
Documentos
Documentación
Junto con las solicitud de subvención de la persona titular de la presidencia del Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales, se deberá acompañar la siguiente documentación:
- Solicitudes de subvención de los colegios de procuradores de Andalucía.
- Memoria descriptiva de la actividad para la que se solicita la subvención del Consejo y de los colegios de procuradores.
- Presupuesto de la partidas que componen el gasto para el que se solicita la subvención del Consejo y de los colegios de procuradores.
- Certificación acreditativa de la personalidad de la persona titular de la presidencia del Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales y de las personas titulares de los colegios beneficiarios.
- Declaración negativa sobre la percepción de otras ayudas o subvenciones para la misma finalidad sin que el importe total de la subvención supere el coste de la actividad subvencionada, tanto del Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales, como de los colegios de procuradores.
- Declaración negativa sobre cantidad pendiente de reintegrar a la Administración de la Junta de Andalucía, tanto del Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales, como de los colegios de procuradores asociados a éste.
-Datos de la cuenta bancaria de la que es titular el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales, donde se ha de realizar el ingreso. Asimismo, datos de la cuenta bancaria de la que son titulares cada uno de los colegios de procuradores.
- Declaración de no concurrir en el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales ni en ninguno de los colegios asociados a éste, las circunstancias del apartado 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, en los apartados 2, 4 y 5 del artículo 116 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Autorización del Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales para la cesión de información de estar al corriente con las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de Andalucía y el Estado.
- Certificado acreditativo del Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales y de cada uno de los colegios asociados, de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social.
Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.