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Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del

Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía

Qué es este apoyo

Educación · Proyectos sociales · Infancia

Derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.. Objeto El procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia en Andalucía y del derecho a las prestaciones,&nbsp.se desarrolla mediante un modelo simplificado basado en el principio de &quot.una solicitud, una visita y una resolución&quot., lo que permite reconocer en un único procedimiento tanto el grado de dependencia como el derecho a las prestaciones que correspondan. El proceso comienza con la obtención del Informe sobre Condiciones de Salud en el centro de atención primaria. Posteriormente, la persona interesada presenta la solicitud, de forma telemática a través de la Ventanilla Electrónica de Dependencia o presencialmente en los registros habilitados. Una vez admitida la solicitud, el personal técnico contacta con la persona solicitante para concertar una visita domiciliaria. Durante esta visita se realiza la valoración de la situación de dependencia, se recaba la información necesaria para elaborar el Programa Individual de Atención (PIA) y se informa sobre los servicios y prestaciones disponibles, teniendo en cuenta las preferencias y circunstancias personales, familiares y sociales de la persona. Finalizada la tramitación, la Administración dicta una única resolución en la que se reconoce tanto el grado de dependencia como el derecho a acceder al servicio o prestación correspondiente. La efectividad de la prestación se produce posteriormente, en función de la disponibilidad de recursos y del orden de acceso establecido. Dentro del procedimiento ordinario, se&nbsp.contempla un reconocimiento específico denominado Grado III+ de dependencia extrema, dirigido a personas diagnosticadas de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en fase avanzada y a aquellas que padecen otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible que cumplan los criterios establecidos por la normativa vigente. Este reconocimiento pretende dar una respuesta más rápida a situaciones de extrema gravedad clínica y elevada necesidad de apoyos, permitiendo una tramitación prioritaria para el acceso a los recursos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. La solicitud del Grado III+ se realiza dentro del procedimiento de dependencia, acreditando el diagnóstico y el cumplimiento de los requisitos médicos establecidos. Asimismo, las personas que ya tengan reconocido un Grado III pueden solicitar el reconocimiento del Grado III+ cuando concurran las circunstancias previstas, siendo una excepción a la regla general que impide revisar por agravamiento un grado III ya reconocido. En todos los casos, la valoración continúa siendo individualizada y la prestación finalmente asignada dependerá de las necesidades de la persona, de las características de su entorno y de la disponibilidad de los recursos del sistema. &nbsp.

Quién puede solicitar

Personas

Destinatarios y requisitos Ciudadanía a) Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos. b) Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.

Cómo solicitar

Documentos

Documentación La solicitud deberá acompañarse, en todo caso, de la siguiente documentación: 1. Un informe sobre condiciones de salud de la persona solicitante, según modelo normalizado, suscrito por el personal sanitario del Sistema Público de Andalucía o del sistema de protección sanitaria que corresponda, con una antigüedad máxima de 3 meses desde la fecha de solicitud. 2. Documentación acreditativa de la representación, en su caso. En el caso de haberse opuesto o no haber consentido expresamente la consulta de datos por parte de la Administración, deberá presentar también: 3. Copia del documento nacional de identidad (DNI), número de identicación de persona extranjera (NIE) o número de identificación fiscal (NIF) de la persona solicitante. 4. Copia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identicación de persona extranjera (NIE) de la persona representante, en su caso. 5. Certificado o certificados de empadronamiento que acrediten que la persona solicitante reside en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como que ha residido al menos cinco años en España, dos de ellos inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. 6. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas, referida al último periodo impositivo con plazo de presentación vencido o certificado negativo de su presentación, expedido por la Administración tributaria. 7. Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, referida al último periodo impositivo con plazo de presentación vencido o certificado negativo de su presentación, expedido por la Administración tributaria. 8. Certificado de Registro de Prestaciones Sociales Públicas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre las pensiones o prestaciones públicas percibidas o certificación negativa de su percepción. &nbsp.

Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.