Qué es este apoyo
Proyectos sociales
Objeto
Plan de Actuación para la recuperación de los caminos rurales dañados por los fenómenos meteorológicos adversos acaecidos en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante los meses de agosto y septiembre de 2019.
Quién puede solicitar
Organizaciones, Personas
Destinatarios y requisitos
Ciudadanía
Tendrán la consideración de actuaciones admisibles aquellas que cumplan todas y cada una de las siguientes condiciones:
A) En relación con el camino objeto de la actuación:
1. Caminos ubicados en los municipios recogidos en el Acuerdo de 17 de septiembre de 2019 y en el Acuerdo de 24 de septiembre de 2019, del Consejo de Gobierno, ¿por el que se declaran fenómenos meteorológicos adversos, desastres naturales o catástrofes con incidencia en el
potencial productivo agrario, en infraestructuras hidráulicas y en el dominio público hidráulico, y se insta a la adopción de medidas para paliar sus efectos¿, o posteriores ampliaciones en su caso.
2. Existencia de una relación directa y determinante entre los daños observados y los fenómenos meteorológicos adversos que han motivado la declaración del Consejo de Gobierno de 17 de septiembre de 2019.
3. Caminos con desperfectos tales que el tránsito por el mismo implique un elevado nivel de peligrosidad o riesgo para las personas.
4. Caminos que se encuentren cortados o intransitables para la circulación de vehículos ligeros (coches, motocicletas, etc.)
5. Caminos rurales de titularidad pública, situados en suelo rústico y siempre que el titular acredite la disponibilidad de los terrenos necesarios para ejecutar las obras. No serán admisibles actuaciones en caminos de titularidad privada o situados sobre el dominio público hidráulico.
6. Caminos cuyo titular declare que se compromete a recibir las obras cuando sea requerido y a asumir el mantenimiento y conservación desde ese momento hasta trascurridos, al menos, 5 años desde la recepción y declaración del gasto al fondo FEADER por parte de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, según se dispone en el Art. 71 del Reglamento (CE) nº1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
B) En relación con la propia actuación:
1. Solo serán admisibles las actuaciones necesarias para la reposición del camino a su estado original anterior a la catástrofe definida mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, sin perjuicio de aquellas otras que se estimen necesarias por la Dirección de Obra, con el visto bueno de la Delegación Territorial, para asegurar la perdurabilidad de las actuaciones al menos en los plazos mencionados en el punto anterior.
2. Actuaciones cuyo plazo de ejecución sea inferior a 6 meses y no requieran la elaboración de un proyecto técnico detallado por su especial localización o complejidad.
3. El presupuesto del total de actuaciones en un camino debe ser superior a 10.000 € (IVA incluido).
4. Actuaciones que no se hayan ejecutado con anterioridad al levantamiento del acta de valoración de daños.
5. Actuaciones que, en el momento de iniciar la obra, cuenten con todos lo permisos y licencias requeridos por las administraciones competentes.
6. Actuaciones que no sean subvencionadas con cargo a otros fondos públicos.
Cómo solicitar
Plazo de solicitud
Convocatoria 2019 - RESTAURA I, 5 días desde la publicación del Plan en la web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Plazo abierto
Cómo solicitar
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/acceso Directo?cod Procedimiento=PEG_VEA&otros Parametros=ey Jp ZFByb2 Nl ZGlta WVud G8i Oj My NTR9
Documentos
Documentación
- Solicitud de participación
- Acreditación de titularidad del camino.
- Permisos y licencias requeridos por las administraciones competentes.
Los detalles completos de solicitud están en la fuente oficial. Usa el enlace para confirmar elegibilidad, importes y cómo solicitar.